
El 29 de septiembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, la “Resolución Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster filamento textil texturizado originarias de la República Popular China y de la República de la India, independientemente del país de procedencia”, en adelante Resolución Final, mediante la cual la Secretaría determinó imponer una cuota compensatoria definitiva de $0.532 dólares de los Estados Unidos de América, en adelante dólares, por kilogramo a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado, en adelante PFTT, originarias de la República Popular China, en adelante China y de la República de la India, en adelante India, que ingresaban a través de la fracción arancelaria 5402.33.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE.
Se declara concluido el procedimiento administrativo de la revisión de oficio de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado originarias de China e India, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 5402.33.01 de la TIGIE, o por cualquier otra. Se elimina la cuota compensatoria definitiva de $0.532 dólares por kilogramo a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado originarias de China e India, señalada en el punto 1 de la presente Resolución.
Notifíquese la presente Resolución a las partes interesadas comparecientes, Comuníquese esta Resolución a la Agencia Nacional de Aduanas de México y al Servicio de Administración Tributaria para los efectos legales correspondientes, Archívese como caso total y definitivamente concluido, La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF.
FUENTE: DOF