PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se deja sin efecto el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020, así como sus nueve modificaciones.
TERCERO.- En relación al numeral Segundo del Acuerdo, la Dirección General de Asuntos Jurídicos podrá continuar prestando los trámites, procedimientos y procesos en los Módulos de Atención al Público, ubicados en los espacios físicos que de manera gratuita sean asignados en los inmuebles de las Oficinas de Pasaportes de Tijuana Aeropuerto Internacional, Pachuca Monterrey y Mérida, donde la Dirección General de Asuntos Jurídicos determiné prestar de manera regional sus servicios, de lunes a viernes, en el horario, domicilio, circunscripción territorial y modalidades que esa Unidad Administrativa fije y que se darán a conocer en el siguiente sitio web https://portales.sre.gob.mx/tramites-dgaj/
Los plazos y términos legales de los trámites, procedimientos y procesos, que se pueden presentar ante los Módulos de Atención al Público, comenzarán a correr una vez que la Oficina Central de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ubicada en Plaza Juárez número 20, Planta Baja, Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06010, Ciudad de México, haya recibido por parte del Módulo de Atención al Público, la documentación de que se trate.
De acuerdo a la disponibilidad de espacios y recursos, así como conforme a las necesidades del servicio, la Dirección General de Oficinas de Pasaportes y la Dirección General de Asuntos Jurídicos podrán en conjunto analizar la viabilidad de determinar otros inmuebles de Oficinas de Pasaporte localizadas fuera de la Ciudad de México, distintas a las ya señaladas, para ubicar nuevos Módulos de Atención al Público, situación que se hará del conocimiento al público usuario a través de la página de internet: https://portales.sre.gob.mx/tramites-dgaj/
CUARTO.- Para efecto de lo señalado en el numeral Quinto del Acuerdo, en un plazo no mayor de ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Comisión de Personal del Servicio Exterior Mexicano deberá acordar y someter a consideración del secretario de Relaciones Exteriores las reformas necesarias al Acuerdo por el que se expiden las Reglas de Procedimiento de la Comisión de Personal del Servicio Exterior Mexicano.
Dado en la Ciudad de México, a los 9 días del mes de junio de dos mil veintitrés.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.
Para más información: DOF